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Armenia  |  21 mayo de 2020  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

Tribunal modifica fallo sobre implicados en defraudación de Red Salud Armenia

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Los hechos se dieron en el gobierno del exalcalde David Barros Vélez, pero los fallos judiciales siguen vigentes. La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia modificó el fallo de primera instancia del Juzgado Quinto Penal del Circuito de Armenia contra cuatro personas, exfuncionarios y excontratistas de Red Salud en la capital quindiana.

Se trata de irregularidades en dos contratos, por un valor cercano a los $160 millones de pesos, firmados por Red Salud Armenia los años 2006 y 2007, con el consorcio Estado Jurídico. En ambos se hallaron por lo menos 19 irregularidades, que probaron que fueron firmados para beneficio propio, en detrimento del patrimonio público de Red Salud.

Por estos hechos, el juzgado había condenado a la exgerente Gloria lnés Hoyos Restrepo a pagar 9 años y 8 meses de prisión, y una multa de $58 millones 900.000 pesos, por los delitos de peculado por apropiación en concurso homogéneo y sucesivo, interés indebido en la celebración de contratos, en concurso homogéneo y sucesivo y falsedad ideológica en documento público.

El juzgado también había condenado a Sandra Milena Ospina Guevara, representante legal del Consorcio Jurídico a la pena de 4 años, 9 meses y 2 días de prisión y a una multa de $29 millones 451.534 pesos, como responsable del delito de peculado por apropiación en concurso homogéneo y sucesivo en calidad de cómplice, interés indebido en la celebración de contratos en concurso homogéneo y sucesivo en calidad de interviniente, falsedad en documento privado en calidad de autora.

Además, condenó a Simón Eduardo Acosta Ospina a la pena de 3 años, 10 meses y 21 días de prisión, así como multa de $28 millones 277.858 pesos, como responsable de los delitos de peculado por apropiación en calidad de cómplice, interés indebido en la celebración de contratos en calidad de interviniente y falsedad en documento privado en calidad de autor. La juez, también había dispuesto absolver a la excontratista de Red Salud María Amparo Guevara Franco de todos los delitos imputados.

Como es de conocimiento, en este caso, también estuvieron implicados los concejales de entonces Robert Augusto Rodríguez Morales y Luis Fernando Fernández Molina, quienes hicieron un preacuerdo con la Fiscalia, y fueron condenados a cinco años de prisión.

Modificación de la sentencia

El tribunal modificó la sentencia proferida el 25 de octubre de 2019, por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Armenia y declaró prescrita la acción penal correspondiente al delito de falsedad en documento privado endilgado a los cuatro procesados. Sin embargo, también modificó las condenas, las que quedaron de la siguiente forma: La exgerente Gloria Inés Hoyos Restrepo, 100 meses de prisión y multa de $48 millones; Sandra Milena Ospina Guevara, 43 meses de prisión, multa de $24 millones de pesos; Simón Eduardo Acosta Ospina, 38 meses de prisión, multa de $22 millones de pesos.

Igualmente, el Tribunal revocó la absolución que había proferido el juzgado en favor de María Amparo Guevara y en su lugar la condena en calidad de cómplice del delito de Interés Indebido en la Celebración de Contratos, en concurso homogéneo, a la pena principal de 34 meses de prisión, y multa de $28 millones 900.000 pesos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cuarenta y dos (42) meses. A esta persona, el Tribunal le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena por un período de prueba de tres (3) años, durante el cual deberá cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 65 del Código Penal. Para ello, la sentenciada deberá suscribir un acta de compromiso y ochenta mil seiscientos cincuenta y siete pesos ($980.657), que depositará en la cuenta del Juzgado de conocimiento.

Contra la decisión del Tribunal proceden la impugnación especial y el recurso extraordinario de casación, que tendrá que tramitarse ante la Corte Suprema de Justicia.

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