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Economía  |  13 enero de 2022  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Se establecen medidas e incentivos para mejorar la movilidad y la legalidad en el transporte

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Los conductores del país cuentan con beneficios establecidos en la Ley 2161 entre los que se destaca que, en caso de un choque simple, en donde solo existan daños materiales y no se produzcan lesiones personales, los implicados podrán conciliar y acudir a las compañías aseguradoras, utilizando para tal fin herramientas tecnológicas sin que se requiera la suscripción de documento alguno por parte de la autoridad de tránsito. Para acceder a este beneficio es necesario que los dos vehículos involucrados en el siniestro cuenten con pólizas de seguro.

A diario se reporta en promedio 204 incidentes y 6.174 de manera mensual (solo en Bogotá), sin contar que se presentan choques que llegan a conciliar en vía. Esta tecnología, permitirá además que se pueda realizar el retiro inmediato de los vehículos colisionados.

De otro lado, la ley que quedó en firme, contempla un descuento del 10% en el valor del Soat del año 2022, por una única vez, siempre y cuando tengan un buen comportamiento vial durante los años 2020 y 2021 y hayan renovado la póliza oportunamente. Se aclara, que los costos reducidos solo aplicarán para la prima del seguro, ya que las tasas del Runt y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) no tendrán ninguna reducción.

Igualmente, en la mencionada ley los 4 millones de colombianos a quienes se les vencía la licencia de conducción en enero de 2022 recibieron un alivio de parte del Congreso de la República, puesto que se suspendió el término para renovar este documento.

Para la renovación los ciudadanos no deberán volver a hacer el curso de conducción, pero sí tendrán que realizar nuevamente exámenes de aptitud que certifiquen que cuenta con las capacidades para conducir. Estos serán expedidos por los Centros de Reconocimiento de Conductores avalados por el Ministerio de Transporte.

Hay que recordar que luego de expedirse el Decreto Ley 019 del 10 de enero de 2012, quedó establecido que las licencias de conducción tendrán una vigencia de diez años para conductores menores de 60 años, de cinco para personas entre 60 y 80 años y de uno para personas mayores de 80 años.

 

 

 

 

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