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Colombia  |  08 enero de 2022  |  12:00 AM |  Escrito por: Administrador web

Ya no es necesario portar en físico la licencia de conducción y la licencia de tránsito del vehículo

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El Ministerio de Transporte estableció que se entenderá cumplida la obligación de portar la licencia de tránsito del vehículo y la licencia de conducción, cuando la persona presente al agente de tránsito el documento en físico, o presente el mensaje de datos de la consulta en línea y en tiempo real en el Registro Nacional Único de Tránsito – Runt.

Esta es una medida que beneficia a los conductores, que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo.

El ciudadano podrá hacer la consulta en línea y en tiempo real de la información que reposa en el Runt y deberá mostrar al agente de tránsito el mensaje de datos que arroja la consulta donde se evidencia que cuenta con los documentos requeridos (licencia de tránsito y/o de conducción)

El sistema del Registro Único Nacional de Tránsito-Runt cuenta con la opción para consulta de la ciudadanía, la cual puede realizarse a través de la página web https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo, la consulta se podrá realizar indicando el documento de identidad, placas del vehículo, número de VIN o número de Soat. Allí encontrará los datos específicos sobre su licencia de conducción, licencia de tránsito, sus certificaciones y otros documentos relacionados con su información como conductor o propietario del vehículo registrado ante el RUNT.

Cabe resaltar, que el conductor deberá presentar a las autoridades de control los documentos, ya sea en físico o a través de la consulta que realice en línea y en tiempo real en el Runt.

 

 

 

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