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Región  |  21 septiembre de 2021  |  12:00 AM |  Escrito por: Edición web

LA ENTREVISTA. Matar culebras y murciélagos está penalizado, pero no se castiga, dice el presidente del Jardín Botánico del Quindío

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Entró en circulación el libro: Delincuencia ecológica, del abogado y ecologista Alberto Gómez Mejía, presidente y fundador del Jardín Botánico del Quindío. Entre muchas cosas que explica este texto es que en Colombia está penalizada la caza de fauna silvestre, lo que implica la muerte provocada a animales que aparentemente son repugnantes, como culebras, murciélagos y ratas, pero no se castigan los autores de estos crímenes ambientales.

EL QUINDIANO visitó al autor del libro en su vivienda, en el Jardín Botánico del Quindío, para precisar sobre estos aspectos de su nuevo libro:

¿Doctor Alberto Gómez Mejía, qué contiene el libro que usted acaba de publicar?

Básicamente el libro se refiere a los delitos consagrados en el Código Penal que sancionan las conductas que van contra la naturaleza, contra la flora, fauna y todos los organismos vivos silvestres. Yo venía trabajando en este tema hace doce años, eso es lo que tiene el libro de gestación. En el 2011 tramitaron una ley en el Congreso relacionada con seguridad ciudadana, donde aprovecharon para hacer una modificación a los delitos ecológicos, recientemente el Congreso aprobó un nuevo texto de algunos de esos delitos con la Ley 2111 de 2021 que sancionó el presidente a finales de julio, es una ley que no lleva más de mes y medio de expedición. Todo esto me llevó a trabajar el libro y a complementarlo con las nuevas normas expedidas.

El libro lo que hace es recoger todas estas leyes sobre la penalización del delito ambiental en Colombia, en un solo texto, ¿Estoy en lo correcto?

Es una evaluación de qué es lo que dice la norma. Por decir algo, si la norma dice que aquel que trafique con fauna endémica tendrá una sanción de tantos años, entonces yo le explico a los que no saben qué es fauna endémica, primero qué es fauna y qué es endémica. A los que saben de ecología, pero no derecho, les explico qué significa que el juez pueda sancionar de cinco a doce meses de prisión o con multa de tanto a tanto, por qué esas graduaciones y qué factores hay de agravamiento o aminoramiento de la conducta, es un libro útil para biólogos y abogados.

¿Este libro trata sobre sobre los reinos animal y vegetal?

Una de las cosas que yo trato de explicar es por ejemplo, eso que nos enseñaron en el colegio que los reinos son: animal, vegetal y mineral, eso ya está derogado, son cincos reinos, el animal, el vegetal, el fungí, el protoctista y el monera, eso es en lo que están más o menos de acuerdo los científicos, el mineral fue excluido, pero adicionalmente a estos cinco reinos cada uno tiene una regulación especial, lamentablemente nuestros legisladores y abogados no están muy enterados de la existencia de esos cinco reinos, todos hablan de flora y fauna, pero dejaron por fuera lo demás.

Si una persona, por ejemplo, mata una culebra, lo que sucede mucho en las fincas, ¿a esa persona se le puede denunciar por haber matado una especie de fauna silvestre?

Sí señor, es un ejemplo muy bueno porque la gente le tiene bronca a las serpientes y murciélagos, pero resulta que son grupos de fauna silvestre muy importantes para control de roedores; ejemplo, las serpientes, para el control de insectos, y los murciélagos para la polinización. La gente asume que todos los murciélagos chupan sangre y que todas las serpientes son venenosas, y no es así, es una minoría en cada caso, lo que debemos aclarar es que no podemos disponer de la vida silvestre a nuestro antojo, toda la vida en el planeta está muy correlacionada, más aún en ecosistemas tan complejos como los nuestros.

¿Qué le puede pasar a una persona, en términos del Código Penal y de la ley relacionada con los delitos ambientales, si mata a una culebra o un animal silvestre?

Es un delito previsto en el Código Penal en al artículo 328B que fue sustituido por la ley 2111/2021, art. 1º. art. 1º. Caza ilegal, la cual establece: El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente, cazare, excediere el número de piezas permitidas o cazare en épocas de vedas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de treinta y tres (33) a novecientos treinta y siete (937) salarios mínimos legales mensuales vigentes*, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.

¿Matar un animal silvestre, como una culebra o una zarigüeya es un delito totalmente sancionable?

Por supuesto, lo curioso de esta norma, es que la redactaron con el término “cazare”, uno se pregunta “cazare” qué, lo que dice el diccionario de la RAE es que la caza es la captura de la fauna silvestre.

Cazar es cogerlo, pero también matarlo

Sí, se refiere a la fauna o a sus productos, por ejemplo, cogerle los huevos a un ave también hace parte de las modalidades de caza. De manera que queda claro que no se puede matar o poner en cautiverio animales de la vida silvestre.

A propósito de lo que usted menciona sobre los redactores de los textos penales con relación a los delitos ambientales, en su trabajo de investigación, ¿qué halló en las normas que estudió?

De todo, en este libro yo hago un examen de todos los delitos, son como 30, ahora modificaron unos ocho o diez, descubrí que los redactaron de la peor manera, pero yo no sería tan benevolente como usted de que los que lo preparan son unos expertos, lo que los preparan son unos aficionados al tema. Dice por ejemplo que el que comercialice recursos fáunicos, florísticos, forestales, uno se pregunta, si ya mencionó florísticos para que mete forestales. Y así muchos detalles que quedaron allí, un buen abogado se podría ir por ese lado con esos detalles y podría burlar la ley, eso se hace patente de una manera dramática en cuanta gente está condenada en Colombia por estos delitos.

¿Cuánta gente está condenada en Colombia por esos delitos?

Usted me acaba de preguntar sobre la muerte de una culebra, te digo, entre 2017 y 2019 sólo fue condenada una persona por el delito de caza ilícita.

¿Cuántas culebras, murciélagos, osos, zarigüeyas fueron cazados y/o muertos en ese periodo?

Muchas, y esa es la demostración de que el sistema no funciona, por eso yo pienso que mi libro puede ser muy útil para fiscales, jueces y magistrados, porque aquí encontrarán la explicación de qué es y cómo se interpreta eso. Dice, por ejemplo, “el que contamine el aire tendrá prisión de tantos meses”, pero ¿Cómo se mide la contaminación?, es con el dióxido de azufre, a lo que toca ir a buscar en los reglamentos del ministerio de salud para saber en cuantas partes por millón se puede exceder el límite permitido, el delito se consuma cuando usted viole la norma del ministerio en relación con eso, ahí en mi libro les indico cuales son las normas.

Ahora hablábamos de que es un delito matar una culebra, zarigüeya o murciélago, resulta que hay un animal que es un poco desagradable como lo es una rata, ¿es delito matarla?

Ahí es donde uno empieza a entender la importancia que tiene eso, matar una ballena o aplastar una cucaracha es caza de fauna silvestre, teóricamente sí es un delito, porque la norma habla de fauna silvestre y tanto la ballena como la cucaracha son animales silvestres. De manera que usted debería pedirle a la autoridad correspondiente el permiso para matar a la cucaracha de su casa.

¿Cómo está Colombia en relación con el resto de los países del mundo en términos de regulación ambiental?

Muy atrás, lamentablemente. Es muy fácil llamar a una facultad de Biología de una universidad sobre el qué hacer, yo recuerdo que nosotros propusimos una legislación que se hizo en el año 1999 que fue aprobada por el Congreso que se trata sobre extender los delitos a las personas jurídicas, porque en el Código Penal solo son delincuentes las personas naturales, entonces nosotros dijimos que para los delitos ecológicos se pueda tramitar delitos contra las personas jurídicas. Se aprobó esa norma y estuvo vigente nueve meses, pero a raíz de una reforma propuesta por la Fiscalía, reformaron todo el Código Penal y la quitaron. La Corte Constitucional había manifestado que era inconstitucional por el hecho de que no se habían establecido los mecanismos prácticos, no que no fuera sujeto sancionable una persona jurídica. Curiosamente la Corte le pidió a la U. Nacional que estudiara cómo era la penalización de las personas jurídicas en el derecho comparado internacional, hicieron un trabajo buenísimo que yo cito en el libro, nosotros tenemos que llegar allá, en muchas partes pongo en los ejemplos de toda la legislación internacional que consagran por ejemplo la sanción a las personas jurídicas que cometan delitos ecológicos, en Colombia no pasa nada.

¿Estamos muy mal, mal, regular o bien, en materia penal para el medio ambiente?

Yo creo que estamos muy mal, porque la realidad es que no funciona. Un amigo me dijo con sentido de humor negro, que el derecho penal colombiano en materia ambiental es el más eficiente del mundo, a lo que yo le pregunté el por qué, a lo que él me respondió: “es que está diseñado para que no funcione y no funciona”. Es complicado porque nosotros somos un país con un reconocimiento mundial por nuestra diversidad, pero tenemos unos índices de depredación que nos dejan llorando, el último informe habla de 174.000 hectáreas de bosque natural deforestadas al año, lo cual da una hectárea cada tres minutos de deforestación.

A propósito de este bosque en el que nos hallamos para esta entrevista, en el Jardín Botánico del Quindío, ¿Cómo vamos en el Jardín Botánico del Quindío?

Bien, hemos sobrevivido en medio de esta pandemia, la gente nos colaboró, nosotros tenemos una nómina de treinta personas y conservamos nuestra nómina y con mucho esfuerzo ellos mismos ayudaron (los empleados) y empezamos a vender árboles, tenemos un programa muy lindo para el mes del amor y la amistad para que le dedique un árbol a su ser querido, porque es una manera de amar la naturaleza y amar nuestras cosas, a mí siempre me han enseñado que si a usted no le gusta lo nacional, usted está mal hecho. Nosotros en el jardín tenemos la colección más importante de palmas nativas de Colombia, me invitaron al Estado del Vaticano a dictar una charla sobre las palmas del Jardín Botánico del Quindío, éramos 40 personas de todo el mundo y éramos sólo dos latinoamericanos, lo que quiere decir que los extranjeros valoran mucho más lo nuestro que nosotros mismos.

¿Qué hay aquí en el Jardín Botánico del Quindío?

Este es un sitio donde se ha conservado el bosque natural que contiene cerca de 500 especies de plantas, para que ustedes puedan hacerse una idea, en 15 hectáreas hay 500 especies de plantas, en toda Inglaterra hay 1200 especies de plantas, así que se pueden hacer una idea de la magnitud de la diversidad; en aves tenemos 176 especies identificadas, los Estados Unidos tienen 700, en colibríes que solo existen en el continente americano, en nuestro jardín botánico tenemos 14 especies, en todo Estados Unidos hay 13 especies; mamíferos tenemos uno como lo es la Taira que es un familiar de las nutrias con la cola más espectacular, él se observa a menudo en el observatorio de aves, tenemos obviamente los murciélagos. Hugo Mantilla, nuestro experto en la especie, nos dice que puede haber 40 especies de murciélagos, recordemos la importancia para repartir semillas y control de insectos que ellos tienen, tenemos guatines, armadillos, zarigüeyas, esto es un territorio de bosque, pero estamos en una zona urbana de Calarcá.

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